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Certificación zonas de difícil acceso

La Secretaria de Educación Departamental solicita a los alcaldes municipales o al funcionario que este designe competente para estos efectos, expedir Certificación de las Instituciones y/o Centros y Sedes Educativas ubicadas en zonas rurales de difícil acceso en los municipios no  certificados del Departamento de Córdoba; para estudio del Comité Técnico Asesor de Zonas Rurales de Difícil Acceso del Departamento.

En virtud que este proceso compromete recursos oficiales, la información reportada por los municipios debe ser producto de un estudio del comité técnico municipal, considerando los criterios descritos en el artículo 2 del Decreto 521 de 2010.

De igual forma, si la información requerida es extemporánea o no cumple con los preceptos de la presente circular, no serán tenidas en cuenta en el estudio técnico que efectúa El Departamento Administrativo de Planeación Departamental en conjunto con la Oficina Jurídica de la Secretaría de Educación y la Organización Sindical de Maestros de Córdoba, sin perjuicio de las acciones disciplinarias que consagra la ley 734 de 2001.

Para facilitar esta labor se anexa Formato en Excel e instructivo, que deberá ser diligenciado en su totalidad y firmado por los funcionarios competentes.

Por tal razón, se solicita radicar la información en medio físico y magnético en el Sistema de Atención al Ciudadano — SAC de la Secretaría de Educación Departamental de Córdoba, con plazo máximo improrrogable hasta el 29 de Septiembre de 2017, para iniciar el estudio técnico con base en la información contenida en el DUE, a corte de junio de 2017, por parte del Comité Técnico Asesor Zonas Rurales de Difícil Acceso del Departamento.

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