Directriz Cuentas Maestras - Manejo de Recursos SGP
La Secretaría de Educación Departamental, comunica que las instituciones o centros educativos que administren Fondos de Servicios Educativos y teniendo legalizadas sus cuentas maestras en el SIF Nación, les llegó el giro a la cuenta que anteriormente tenían registradas ante el MEN, deberán realizar el traslado inmediato de dichos recursos a las Cuentas Maestras respectivas en virtud del Artículo 7 de la Resolución 12829 de 2017.
De igual manera, los establecimientos educativos que reciban recursos por conceptos de proyectos gestionados ante los diferentes entes estatales establecidos por Ley, deberán manejarlos en una cuenta diferente y si por alguna circunstancia esos recursos le fueron consignados en la Cuenta Maestra deberán ser trasladados de manera inmediata a otra cuenta.
Así mismo y en concordancia con lo anterior, se les recuerda a todos los rectores que administran Fondos de Servicios Educativos que el único mecanismo idóneo para la ejecución de los recursos de gratuidad es a través de las Cuentas Maestras, quedando excluidas de manera temporal únicamente aquellas instituciones que por razones expuestas en el Artículo 1 de la Resolución 3739 de 2018 no pudieron realizar el proceso de conversión a Cuenta Maestra pero que deben hacerlo de manera obligatoria.