Acompañamiento de las asociaciones de padres de familia
Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 1286 de 2005, sírvanse informarnos si en sus establecimientos educativos se encuentran debidamente conformadas como personas jurídicas Asociaciones, Ligas, federaciones o confederaciones de padres de familia y suministrarnos, datos importantes como: Nombre del Presidente, teléfonos, correos electrónicos, en los cuales nos podamos contactar y así poder brindarles acompañamiento a su gestión.
Lo anterior deberá ser remitido a esta dependencia a través de los Directores de Núcleo Educativo a más tardar el día 3 de diciembre de 2019.