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Reporte de Información SIFSE 2019.

Teniendo en cuenta lo estipulado en la Resolución 16378 del 18 de noviembre de 2013, por la cual se establecen las condiciones del reporte de información para la
implementación del Sistema de Información de los Fondos de Servicios Educativos "SIFSE", me permito informarles que de acuerdo a lo requerido por el Ministerio de Educación Nacional, los Fondos de Servicios Educativos deben reportar la información de ejecución presupuestal de ingresos y egresos en el aplicativo SIFSE, que se encuentra en la página web http://sifse.mineducacion.gov.co/sifse-webbase-web/#/login.

La información del año 2019, se debe cargar el acumulado de la totalidad de los ingresos recaudados y gastos ejecutados por cualquier rubro del 01 de enero de
2019 al 31 de diciembre de 2019, atendiendo el cronograma de ingreso establecido y publicado por el Ministerio de Educación Nacional, que va del 03 al 22 de febrero de 2020.

Las instrucciones impartidas en el presente documento son de obligatorio cumplimiento y de total responsabilidad del Rector de la I.E o Director Rural del Centro Educativo. El no cargue oportuno de la información requerida en el SIFSE será causal en primera instancia de reporte a Control Interno Disciplinario para que se inicien las acciones disciplinarias pertinentes y en segundo lugar, la Institución Educativa será sancionada con la retención de los recursos de gratuidad del SGP para la vigencia siguiente.

Cualquier duda o inconveniente que se presente con éste proceso, pueden comunicarse a los correos electrónicos: 'acmolina mineducacion. ovico y arme ecla rniredt o al Celular 316 310 7719.

Circular No. 000010 de 2020 

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