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Solicitudes de expedición de certificados bajo el sistema de certificación electrónica de tiempos laborados CETIL

En cumplimiento a lo establecido en el decreto 726 de 2018, mediante el cual se compila las normas del Sistema General de Pensiones y se crea el Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL) con destino al reconocimiento de prestaciones pensionales.

Esta secretaria se permite informar a los particulares y entidades que han radicado solicitudes de certificados que corresponda su expedición bajo el nuevo formato CETIL, que actualmente no contamos con las condiciones técnicas para la emisión de los mismos, considerando que para expedir las certificaciones laborales se debe cumplir con unos formalismos establecidos en el mencionado decreto 726 de 2018.

Esta entidad ya cuenta con el Token o firma digital, pero para poder expedir los certificados bajo el nuevo procedimiento se necesita que se encuentre habilitado, es decir contar con los usuarios y contraseñas respectivas y posteriormente que el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico agende la prueba de la firma digital para proceder a su expedición.

Por ello, mientras se termina el trámite interno, solicitamos a la comunidad y usuarios en general un plazo para dar respuesta de fondo a las solicitudes radicadas, ya que solo los certificados expedidos electrónicamente son los válidos para el trámite de reconocimiento de prestaciones pensionales.

Esta secretaria no suspenderá la recepción de estas peticiones, pero se les dará respuesta con la emisión del certificado, una vez se haya autorizado su expedición por cumplir con todos los requisitos para ello.

Ver Circular No. 000044 de 2020

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