Reporte de información presupuestal y contable trimestral 2020
En atención a lo establecido en el artículo 11 literal c) del decreto 4807 de 2011 que dispone entre otras que rectores y directores de las instituciones educativas estatales deben reportar trimestralmente la ejecución de los recursos de gratuidad a la Secretaría de Educación Departamental; Así mismo se solicitan los formatos de Ejecución Presupuestal de ingresos y gastos e inversiones y formato No. 13 de movimientos contables correspondiente al segundo trimestre de la presente vigencia (corte a 30 de junio de 2020) con plazo máximo de entrega a 30 de julio 2020; como se indica en la circular adjunta.