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Cumplimiento normas de derechos de autor por parte de los establecimientos educativos de carácter oficial y no oficial (privados).

Mediante radicado 2020-EE-141007, de fecha 16 de julio del presente año, el doctor OSCAR JAVIER MANRIQUE LADINO, Subdirector de Monitoreo y Control del Ministerio de Educación Nacional, nos remite comunicación del Centro Colombiano de Derechos Reprográficos relacionada con la aplicación de la normatividad de derechos de autor, en la cual nos agradece la gestión para informar a los establecimientos educativos de nuestra jurisdicción que presten directa o indirectamente servicio de fotocopiado, impresión o scanner y operen de forma lucrativa o colectiva que deben contar con la licencia reprográfica que otorga el Centro Colombiano de Derechos Reprográficos. Así mismo divulgar que el uso de las obras puestas a disposición en plataforma y aulas virtuales, deben contar con la licencia digital, como hoy en día se hace en la plataforma Colombia Aprende, como indica la circular adjunta.

Ver Circular No. 000192 de 2020

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