Remisión del PEI
En el marco del Convenio de Alfabetización 2020, cuyo objeto es aunar esfuerzos institucionales entre la GOBERNACIÓN DE CÓRDOBA-SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL- y UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA, para la implementación de la estrategia flexible de alfabetización, mediante el ciclo 1 de educación formal para jóvenes, adultos y mayores, con el modelo educativo flexible A Crecer para la Vida, para la atención de personas jóvenes, adultas y mayores analfabetas, vulnerables, víctimas del conflicto armado, con discapacidad y en condición de pobreza absoluta, para disminuir los índices de analfabetismo del Departamento; se requirió que todos los EE focalizados, actualizaran los Proyectos Educativos Institucionales PEI, incluyendo el Modelo Educativo Flexible A CRECER con todos sus aspectos y acciones. Ahora, como quiera que los EE liderados por ustedes no han presentado el documento PEI o no han realizado las correcciones correspondientes, damos como último plazo de entrega, el 31 de marzo de 2021 el cual deben enviar a través del SAC a la funcionaria OLFA GEOVO DE PRETELT.
Hemos recomendado seguir la RUTA establecida para los EE (punto 1.2.2) que se encuentra en el documento del Ministerio de Educación Nacional, denominado RUTA PARA ARTICULAR MODELO EDUCATIVO FLEXIBLE "A CRECER" EN EL PEI, que se adjuntó en la Circular No. 000046 del 11 de febrero de 2021; y asimismo, para que la actualización del PEI sea completa los instamos a consultar el formato guía/lista de chequeo (Punto 12) anexo a la Circular No.000008 del 15 de enero de 2021, publicadas en la página web de la SED.
Se les recuerda que en el artículo 34 de la Ley 734 de 2002 (Código único Disciplinario), se registran los siguientes deberes de los servidores públicos.
7. Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos adopten en ejercicio de sus atribuciones, siempre que no sean contrarias a la Constitución Nacional y a las leyes vigentes, y atender los requerimientos y citaciones de las autoridades competentes.
10. Realizar personalmente las tareas que le sean confiadas, responder por el ejercicio de la autoridad que se le delegue, así como por la ejecución de las órdenes que imparta, sin que en las situaciones anteriores quede exento de la responsabilidad que le incumbe por la correspondiente a sus subordinados.
Nota: Si ya envió el documento PEI con correcciones, haga caso omiso a esta Circular.