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Cesantías

El Decreto 1272 del 23 de julio de 2018 por el cual se modifica el Decreto 1075 de 2015 Régimen exceptuado administrado por el FOMAG Secretarías de Educación certificadas expedían proyecto de acto administrativo , en el cual plasmaban el estudio realizado, dicho documento era enviado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FNPSM). El fondo realizaba el estudio impartiendo visto bueno al mencionado proyecto, posteriormente la Secretaría de Educación certificada, expidió el acto administrativo definitivo y en caso de ser aprobada la prestación se remitía al FNPSM para su respectivo pago.

Que la  ley 1955 de 2019 del 25 de mayo de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. EFICIENCIA EN LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FNPSM, la Secretaría de Educación de la entidad territorial expide acto administrativo firmado, notificado y ejecutoriado el cual es enviado para aprobación y pago al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. 

Que se hace necesario realizar ajustes al procedimiento al interior de la entidad territorial Secretaria de  Educación de Córdoba,  con objeto de cumplir con los plazos  previstos para la radicación o entrega de la solicitud de pago de cesantías por parte de la Secretaría de Educación territorial al FNPSM  de conformidad con  la ley 1955 de 2019.

                                                    

 

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