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Evaluación de Desempeño Docente -Tutores del Programa Todos a Aprender -PTA

Con el objetivo de dar cumplimiento a la Circular No. 45 del 16 de diciembre de 2019 expedida por el Ministerio de Educación Nacional -MEN, cuyo asunto es Procedimiento para la vinculación de tutores por parte de las Entidades Territoriales certificadas en educación”, desde esta Secretaría comedidamente se les recuerda la obligatoriedad de efectuar la evaluación de desempeño a los tutores del Programa Todos a Aprender con base en las evidencias de las actividades adelantadas durante el año, y teniendo en cuenta el informe del formador y del tutor. A continuación, se cita el apartado que de la Circular No. 45:  

3. Disposiciones comunes para los tutores (…) Evaluación de desempeño: La evaluación del tutor es responsabilidad del rector o director rural del establecimiento educativo donde se encuentre comisionado, mediante acto administrativo. La evaluación se surtirá con base en las evidencias recaudadas durante el año escolar y teniendo en cuenta el informe que presenten el formador y el mismo docente tutor, esta evaluación se regirá por los principios de objetividad, pertinencia, transparencia, participación, confiabilidad, concurrencia y universalidad.” 

Es de aclarar que los tutores del Programa Todos a Aprender con derechos de carrera que hagan parte del Decreto 1278 de 2002 deben ser evaluados conforme a lo establecido en el mismo Decreto, así como, lo estipulado en el la Ley 1075 de 2015, en el Decreto 3782 de 2007 y demás normatividad vigente aplicable, a través del Sistema Humano. 

Ver Circular No. 000187 de 2022

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