Mes del niño
LEY 724 DE 2001
"Por la cual se institucionaliza el Día de la Niñez y la Recreación y se dictan otras disposiciones".
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Establézcase el Día Nacional de la Niñez y la Recreación, el cual se celebrará el último día sábado del mes de abril de cada año.
ARTÍCULO 2°. Con el objeto de realizar un homenaje a la niñez colombiana y con el propósito de avanzar en la sensibilización de la familia, la sociedad y el Estado sobre su obligación de asistir y proteger a los niños y niñas para garantizarles su desarrollo armónico e integral, durante el mes de abril de cada año las organizaciones e instituciones del orden nacional, departamental y municipal, sector central y descentralizado, diseñarán y desarrollarán programas, actividades y eventos que fundamentados en una metodología lúdica, procurarán el acceso de los niños y niñas a opciones de salud, educación extraescolar, recreación, bienestar y participación además de la generación de espacios de reflexión sobre la niñez entre los adultos.
La sed Córdoba invita a fortalecer la crianza amorosa, el buen trato y el juego para el buen desarrollo de nuestros niños y niñas. Promover estas imágenes con las familias