Aclaraciones sobre el proceso de evaluación de desempeño de docentes y directivos docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002, vigencia 2022
Mediante la presente, la Secretaría se permite precisar los siguientes aspectos para el proceso de Evaluación Anual de Desempeño Laboral y Evaluación en Periodo de Prueba:
- Los Rectores, Directores Rurales y Directores de Núcleo deben finalizar el proceso de evaluación de desempeño anual y de periodo de prueba de los docentes y directivos docentes en el Sistema de Información Humano en Línea, efectuando la calificación del desempeño de los docentes y directivos docentes, basado en las evidencias recopiladas a lo largo del año 2022, teniendo en cuenta los principios de objetividad, confiabilidad, universalidad, pertinencia, transparencia, participación y concurrencia, antes de finalizar el calendario académico.
- Una vez finalizado el proceso de evaluación de desempeño deben descargar a través del Sistema Humano en Línea los protocolos de la evaluación anual de desempeño de los docentes y directivos docentes. Para el caso de los protocolos de evaluación de periodo de prueba de los docentes y directivos docentes se debe solicitar el envío al correo lina.garzon@cordoba.gov.co indicando el nombre completo y número de cedula del o los evaluado(s).
- Los protocolos de la evaluación anual de desempeño y periodo de prueba deben ser impresas y firmadas por el evaluado y por el evaluador.
- Los Rectores y los Directores Rurales deben organizar en una carpeta la totalidad de los protocolos de las evaluaciones de desempeño del año 2022 de los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002 de su establecimiento educativo en orden alfabético. La carpeta debe estar marcada con el nombre del establecimiento educativo, el código DANE, municipio y el año de la evaluación (es decir 2022). No debe faltar ningún protocolo de evaluación de desempeño docente, excepto aquellos docentes o directivos docentes que no cumplan con el término mínimo para ser evaluados de acuerdo al Decreto 1278 de 2002 y el Decreto 1075 de 2015.
- Los Rectores y Directores Rurales deben entregar en medio físico a los Directores de Núcleo la carpeta con la totalidad de los protocolos de las evaluaciones de desempeño del año 2022 de los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002 de su establecimiento educativo, debidamente organizada y marcada como se indicó anteriormente.
- Los Directores de Núcleo deben revisar cada uno de los protocolos de evaluación de desempeño del año 2022 de los docentes y directivos docentes, verificando que los mismos se encuentren firmados, y que no haga falta Ningún protocolo de evaluación (comparando el número de docentes y directivos docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002 y el número de protocolos de evaluación). En caso de que haga falta algún protocolo de evaluación de desempeño, el rector o director rural debe suminístrala.
- Dando alcance al Artículo décimo tercero de la Resolución No. 000221 de 2022, los Directores de Núcleo deben compilar las carpetas de los protocolos de evaluación de desempeño de los establecimientos educativos del municipio o los municipios a su cargo. Debe organizarlas por municipio, y posteriormente debe entregarlas al Área de Calidad Educativa de la Secretaría de Educación Departamental de Córdoba, en el edificio de la Gobernación, en el piso No. 5 hasta el día 30 de enero de la vigencia 2023.