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ACLARACIONES SOBRE LA VINCULACIÓN DE LOS DOCENTES DE ARTES EN EL MARCO DE LA LÍNEA DE ARTES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAZ.

En atención al oficio radicado No.2025-EE-086407 de abril de 2025, enviado a la SED por la doctora SOLMAN YAMILE DIAZ OSSA- Director Técnico de Calidad Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, nos permitimos compartir algunas Aclaraciones sobre la vinculación de los docentes de Artes en el marco de la línea de Artes para la Construcción de Paz.

De acuerdo con la circular 048 de 2024 se traza la ruta para la vinculación de docentes de artes en la planta temporal en el marco de la línea de Artes para la Construcción de Paz a través de Sistema Maestro, todo siguiendo las orientaciones de la citada circular.

  1. Funciones que desempeñan los docentes de artes.

Los docentes de artes en planta temporal, en el marco de la línea de Artes para la Construcción de Paz, desempeñan funciones de aula conforme a lo establecido en el Decreto 1278 de 2002 y la Resolución 3842 de 2022. Además, desempeñan un papel clave en el desarrollo de Centros de Interés, donde las artes posibilitan la reflexión, el pensamiento crítico la construcción de memoria histórica y la reconciliación, todo esto alineado con su perfil y experiencia. De esta manera, contribuyen a la formación integral de los estudiantes y se articulan con las dinámicas curriculares del Proyecto Educativo Institucional, enriqueciendo la experiencia educativa.

Esta responsabilidad se configura como una asignación académica que no solo contribuye a la resignificación del tiempo escolar, sino también al fortalecimiento de las artes dentro de la jornada escolar, enriqueciendo así la experiencia educativa de las niñas, niños y adolescentes en el Establecimiento Educativo. Ver más en la Circular.

Ver Circular No 000169 de 2025 👉 Aquí

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