Evaluación a los Tutores del Programa Todos a Aprender
En atención a la Circular Externa No. 000187 del 19 de abril de 2022, y con el propósito de dar cumplimiento a la Circular No. 45 del 16 de diciembre de 2019 expedida por el Ministerio de Educación Nacional -MEN, cuyo asunto es “Procedimiento para la vinculación de tutores por parte de las Entidades Territoriales certificadas en educación”, desde esta Secretaría respetuosamente se les recuerda la obligatoriedad de efectuar la evaluación de desempeño a los tutores del Programa Todos a Aprender con base en las evidencias de las actividades adelantadas durante el año, y teniendo en cuenta el informe del formador y del tutor. A continuación, se cita el apartado que de la Circular No. 45:
“3. Disposiciones comunes para los tutores (…) Evaluación de desempeño: La evaluación del tutor es responsabilidad del rector o director rural del establecimiento educativo donde se encuentre comisionado, mediante acto administrativo. La evaluación se surtirá con base en las evidencias recaudadas durante el año escolar y teniendo en cuenta el informe que presenten el formador y el mismo docente tutor, esta evaluación se regirá por los principios de objetividad, pertinencia, transparencia, participación, confiabilidad, concurrencia y universalidad.”
Los tutores del Programa Todos a Aprender con derechos de carrera que sean regulados por el Decreto 1278 de 2002 deben ser evaluados conforme a lo establecido en el mismo Decreto, así como, lo estipulado en el Decreto 1075 de 2015, y demás normatividad vigente aplicable, a través del Sistema Humano. Para los tutores que están nombrados en provisionalidad se anexa a la presente Circular un formato de Evaluación de desempeño sugerido por la Secretaría de Educación de Córdoba, basado en las responsabilidades estipuladas en la Directiva Ministerial No. 30 de 2015 expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
El proceso de Evaluación debe efectuarse antes de finalizar el calendario académico del año en curso.