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Asignación de correo electrónico dominio @sedcordoba.gov.co

Ante el requerimiento de un correo institucional para los Establecimientos Educativos Oficiales de los municipios no certificados del Departamento de Córdoba, el cual es indispensable para adelantar gestiones ante diferentes órganos de control, entidades gubernamentales y financieras, la Secretaría de Educación Departamental gestionó ante la Oficina de Tecnología y Sistemas de Información del Ministerio de Educación Nacional la asignación del dominio gubernamental de internet @sedcordoba.ogv.co, en virtud de los anterior, a partir de la fecha su institución cuenta de manera gratuita con un correo cuya gestión y administración estará bajo la responsabilidad del Rector o Director Rural.

En el documento anexo se presenta un instructivo de acceso y el directorio de correos electrónicos para las instituciones del Departamento de Córdoba, de tener alguna inquietud respecto al uso del mismo debe dirigirla al mail al correo inspeccionyviigilancia@sedcordoba.gov.co

Ver Circular No. 000165 de 2021

Invitación Lanzamiento protocolos de convivencia escolar

Compartimos la  invitación a la presentación a este espacio que busca hacer visible a las comunidades educativas del país y a los Comités Territoriales de Convivencia Escolar, los  avances en materia  de convivencia escolar y en particular el SIUCE, los nuevos protocolos de abordaje pedagógico de situaciones de riesgo para el desarrollo integral en el marco de la Ruta Integral de Atención de Convivencia Escolar y el kit de herramientas de convivencia escolar.  Esperemos nos puedan acompañar este 4 de junio por las redes del MEN y que nos ayuden a difundir con los docentes, directivos docentes y la comunidad educativa en general. 

Aprobación proyectos de formación y capacitación docente, utilización de los recursos del SGP de calidad matricula.

Teniendo en cuenta la función de complementariedad y concurrencia legal asignada a las ETC Departamentales, y con la finalidad de orientar la transparencia, eficiencia y eficacia en el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones de educación, y especialmente lo relacionado con FORMACIÓN DOCENTE, como lo indica la circular adjunta.

Para la Capacitación y formación de docentes y directivos docentes, los entes municipales deberán solicitar a la SED – CTFD, concepto de aprobación pedagógica, para los proyectos de esta naturaleza. Estos proyectos deberán ser presentados formalmente a través del SAC con la debida anticipación, para la emisión del concepto respectivo.

Ver Circular No. 000163 de 2021

Grupo No.6. Publicación para proceso de notificación de nombramientos en periodo de prueba -terminaciones y descargos Convocatoria 0603 del 201, zonas afectadas por el conflicto armado.

Se informa a los docentes de la Convocatoria 603 de 2018, docentes y directivos docentes de las zonas afectadas por el conflicto armado población mayoritaria rural, que asistieron a audiencia pública de escogencia de plaza en enero y febrero del año 2021, que los docentes que aparecen en el listado adjunto se les ha dado inicio del procedimiento de comunicación y notificación del decreto de nombramiento en periodo de prueba, terminaciones de nombramientos provisionales, y desencargo de comisiones y cargos, a través de la plataforma SAC. 

Señor docente, recuerde que la copia de este decreto es indispensable para el trámite de su cesantía definitiva.

(A quien se le realice una terminación de nombramiento provisional) y a los docentes que se realice un nombramiento en periodo de prueba este decreto es indispensable para la posesión. 

Ver Notificación

Citación audiencias y OPEC postconflicto

"En el marco de la Convocatoria No. 603 de 2018 Docentes y Directivos docentes en zonas afectadas por el conflicto armado, le informamos la citación para segundas audiencias territoriales.
 
Dia: Martes 08 de Junio de 2021.
Lugar: COLISEO I.E. ANTONIO NARIÑO – CL 44 # 2-23 Montería.
Hora: 7:30 AM.
 

Cesantías Parciales

Cesantías Parciales

Concepto: Las Cesantías parciales son reconocidas exclusivamente para solucionar una necesidad básica y que está relacionada con:

Vivienda:

  • Reparación de vivienda
  • Compra de vivienda
  • Liberación de gravamen hipotecario
  • Construcción de vivienda
  • Con Memorando No 20170820070163 de fecha 04-05-2017 fue emitido concepto sobre adquisición de vivienda a través de la modalidad del leasing habitacional.

Estudios:

  • La ley 1071 de 2006 en su artículo 3 numeral 2 establece el retiro parcial de Cesantías para estudio.
  • Con Memorando No 20170820070183 de fecha 04-05-2017 fue emitido concepto sobre pagos en moneda extranjera de matrículas en Universidades del extranjero.

Con Memorando No 20170820070203 de fecha 04-05-2017 fue emitido concepto sobre la cancelación de créditos educativos contraídos con el ICETEX y para estudios de vigencias anteriores.

Periodicidad: 

  • Vivienda: cada tres años
  • Estudio: No tiene periodicidad

Normatividad aplicable: Ley 65 de 1946, Decreto 1160 de 1947, Ley 91 de 1989,   Ley 244 de 1995 y Ley 1071 de 2006, Decreto 1272 de 2018

Beneficiarios: No aplica

Aplicabilidad por régimen:

Retroactividad:

Tienen derecho los docentes vinculados por nombramiento de entidad territorial antes del 1 de enero de 1976 (asumidos por el proceso de nacionalización) y los vinculados a partir de esta fecha, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 43 de 1975.   Se pagará un auxilio de cesantía equivalente a un mes de salario por cada año de servicio o proporcionalmente por fracción de año laborado, sobre el último salario devengado. Esto es el caso de no presentar variación en los factores salariales dentro de los últimos tres meses, en caso contrario se promediará lo devengado durante el último año certificado, bien sea último año previo al retiro del servicio, si se trata de una cesantía definitiva, o simplemente último año certificado si se trata de una cesantía parcial.

La fórmula de liquidación aplicable a los docentes de régimen de retroactividad es la siguiente:

Último Salario devengado a fecha de retiro x número de días laborados

Anualidad:

Tienen derecho los docentes que se vinculen al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, en vigencia de la Ley 91 de 1989, para este grupo de docentes se reconocerá el valor de la cesantía liquidada anualmente y sin retroactividad, tomando lo reportado en el certificado de salarios emitido por cada Secretaría de Educación a partir del año 1990.

Formato para la solicitud de Cesantías Parciales

Función preventiva – Actualización hoja de vida SIGEP – diligenciamiento de bienes y rentas año 2020

Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 734 de 2002, que establece en su Artículo 16 Función de la Sanción disciplinaria: La sanción disciplinaria tiene función preventiva y correctiva, para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internaciones, que deben observar en el ejercicio de la función pública. La Oficina de Control Interno Disciplinario de la Gobernación de Córdoba, procede apoyar las orientaciones que viene realizando la Dra. Juanita Nieto Guzmán, Directora Administrativa de Personal, relacionadas con la obligatoriedad del diligenciamiento, actualización y cargue de soportes de la hoja de vida en SIGEP “Sistema de Información y Gestión del Empleo Público” toda vez que esta información es de carácter institucional y de darse cumplimiento para permitirnos adelantar con base en la información del sistema y la viabilidad del mismo, procesos como la movilidad de personal, el Plan Institucional  de Capacitación, evaluación del desempeño, programas de bienestar social e incentivos.

Al momento del diligenciamiento debe tener en cuenta los ítems descritos en la circular adjunta.

Para concluir, si tiene alguna inquietud o duda con respecto a la actualización de la hoja de vida en el SIGEP, se puede contactar con el señor HERNAN David Londoño Benítez – Contratista – Apoyo SIGEP – Secretaría de Gestión Administrativa o escribirle al correo electrónico hernan.londono@cordoba.gov.co – Tel. 3004964749.

Plazo para el cargue de información hasta el día 31 de julio de 2021.

Ver Circular Conjunta No. 008 de 2021

Cesantías

El Decreto 1272 del 23 de julio de 2018 por el cual se modifica el Decreto 1075 de 2015 Régimen exceptuado administrado por el FOMAG Secretarías de Educación certificadas expedían proyecto de acto administrativo , en el cual plasmaban el estudio realizado, dicho documento era enviado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FNPSM). El fondo realizaba el estudio impartiendo visto bueno al mencionado proyecto, posteriormente la Secretaría de Educación certificada, expidió el acto administrativo definitivo y en caso de ser aprobada la prestación se remitía al FNPSM para su respectivo pago.

Que la  ley 1955 de 2019 del 25 de mayo de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. EFICIENCIA EN LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FNPSM, la Secretaría de Educación de la entidad territorial expide acto administrativo firmado, notificado y ejecutoriado el cual es enviado para aprobación y pago al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. 

Que se hace necesario realizar ajustes al procedimiento al interior de la entidad territorial Secretaria de  Educación de Córdoba,  con objeto de cumplir con los plazos  previstos para la radicación o entrega de la solicitud de pago de cesantías por parte de la Secretaría de Educación territorial al FNPSM  de conformidad con  la ley 1955 de 2019.

                                                    

 

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